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Libro de Obra Digital será obligatorio a partir de 2019

diciembre 12th, 2018 | by dConstruccion
Libro de Obra Digital será obligatorio a partir de 2019
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Libro de Obra Digital será obligatorio a partir de 2019

Bien sabemos nosotros los profesionales de la construcción que el Libro de Obra convencional, vale decir el manifol, triplicado, autocopiativo y foliado, ya no cumple su función como bitácora de una construcción donde se puedan auditar las decisiones de los distintos actores de la obra.

El Libro de Obra es uno de los requisitos establecidos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) para las solicitudes de Recepción Final de Obra Nueva, que está definido en el Artículo 1.1.2 de la siguiente forma:

«Libro de Obras»: documento con páginas numeradas que forma parte del expediente oficial de la obra y que se mantiene en ésta durante su desarrollo, en el cual se consignan las instrucciones y observaciones a la obra formuladas por los profesionales competentes, los instaladores autorizados, el inspector técnico, el revisor independiente cuando corresponda, y los inspectores de la Dirección de Obras Municipales o de los Organismos que autorizan las instalaciones.

Ahora bien, con el avance de la tecnología, claramente el Libro de Obra y la OGUC deberían ser actualizados con la realidad del país.

Es por lo anterior que el Ministerio de Obra Públicas MOP ha decidido que a partir del 01 de enero de 2019, todas las obras públicas tendrán la obligación de tener un Libro de Obra Digital.

¿Qué es el Libro de Obra Digital?

El Libro de Obra Digital es un sistema digital en la nube, que permite llevar la trazabilidad de una obra de forma colaborativa generando los distintos folios a través de un computador, tablet o teléfono inteligente. La validación de éstos folios se hace a través de dos firmas electrónicas: La Firma Electrónica Avanzada o FEA y la Firma Electrónica del Secretaría General de la Presidencia MINSEGPRES. La primera la ocupa el contratista adjudicado a la obra a través de su Residente y la segunda la ocupa el mandante (MOP) a través del Inspector Fiscal.

Beneficios de la Firma Electrónica:

  • Hace más eficientes y ágiles los procesos internos del Estado.
  • Reduce la burocratización.
  • Genera importantes ahorro de papel, aportando a la sustentabilidad y el medio ambiente.
  • Sitúa a nuestro país de acuerdo a los estándares internacionales en materia de Gobierno Electrónico.

La empresa Duomo Corp SpA (www.duomo.cl) ofrece en el mercado el Sistema de Gestión de Obra (LOD/DUOMO) con Libro de Obra Digital (LOD) que actualmente ocupan los principales contratistas para las obras públicas licitadas por el Estado de Chile. La ventaja de LOD/DUOMO es que por un muy bajo fee mensual, se accede a una plataforma colaborativa en internet, donde se puede acceder a toda la información de sus obras en un solo lugar. Puede centralizar y guardar históricamente los antecedentes de la obra como certificados, garantías, planos, licitaciones, memorias, presupuestos, informes, planillas de cálculos entre otros. Todo lo anterior con ambas firmas digitales establecidas por el MOP.

Beneficios Libro de Obra Digital:

  • Menores Costos
  • Ahorro de Tiempo
  • Sistema en la Nube
  • Alertas Pro Activas
  • Búsquedas Avanzadas
  • Centralización de Documentación
  • Validez Legal
  • Firma Electrónicas Avanzadas

17 Comments

  1. Rodrigo says:

    Sera un nuevo arreglin como los chalecos refractantes?
    Por qué le hacen publicidad a una sola empresa?

  2. dConstruccion says:

    Rodrigo, Gracias por su comentario. Actualmente hay una sola empresa que cumple con la normativa vigente, en consecuencia no podemos hacer mención a otras empresas que no tienen 100% una solución al mercado.

  3. Que bien que se regularice la opción digital para el LdeO, que por supuesto ya existe en uso para algunos contratos del MOP. Además, se trata de una aplicación relativamente simple de implementar y existe en todas o casi todas las aplicaciones que utilizamos en las inspecciones inmobiliarias. (plataformas como planok, ipsum, procore, etc).
    El modelamiento BIM, también lo incluye. Solo faltaba que lo aceptasen las 350 DOM que hay en nuestro país.

  4. dConstrucción says:

    Efectivamente el LOD se está ocupando ya en varias obras MOP, sin embargo la nueva disposición a partir del 01 de enero de 2019 cambia muchos requisitos dentro de los cuales se destaca:

    «El LOD deberá implementar el uso de la firma electrónica avanzada otorgada por el Ministerio Secretaría General de la República (MINSEGPRES) para todo funcionario público que acceda al LOD y que tenga que realizar firmas sobre él. Para usuarios que no sean funcionarios públicos y que tengan que realizar firma electrónica avanzada en el LOD, estos deberán seguir utilizando la actual modalidad que otorga la aplicación. Por lo tanto el servicio del LOD deberá otorgar las 2 modalidades de firma electrónica avanzada, la que actualmente se utiliza por mdeio de tocken y también la nueva otorgada por la MINSEGPRES.»

  5. Claudio says:

    ¿Cual sera el costo para implementar esto en una empresa o contrato?

  6. dConstruccion says:

    Los costos los debe solicitar directamente al proveedor oficial del MOP http://www.duomo.cl
    Gracias

  7. Mario says:

    Actualmente trabajo en una industria y en los servicio externo que contratamos nos piden llevar Libro de Obras a fin de registrar los eventos importantes en el desarrollo del servicio que puede durar días, semanas o años… mi consulta es si es necesario ya que veo que solo es aplicable a obras civiles… favor su ayuda y aclaración que será de mucha utilidad.

  8. dConstruccion says:

    Mario, el uso del Libro de Obra Digital cumple actualmente con la normativa vigente a través de la Firma Electrónica Avanzada. En consecuencia usted puede ocupar el sericios de LOD a través de la plataforma certificada por el MOP, en obras que no necesariamente sean obras civiles, con las ventajas de la automatización de sus procesos digitales y los ahorros de costos asociados.

  9. Marco Torres Saavedra says:

    Las Direcciones de Obras Municipales, en sus llamados a licitación, ¿pueden ocupar este sistema de LOD?

  10. Ruben Sepulveda says:

    Como funciona para obras del sector privado. La segunda firma se puede configurar para que corresponda a la del I.T.O del Mandante…?

  11. Gonzalo says:

    ¿Alguien conoce la normativa aplicada a esta iniciativa?. Es decir se cargaran datos de infraestructura pública y privada que pueden ser privados o sensibles, inclusive estratégicos, por tanto debe establecerse con meridiana claridad las responsabilidades en el manejo de éstos por parte de las plataformas que apliquen las metadatas con ellos.
    Es fundamental conocer acerca del origen y tuición del dato generado y si éste es de domino público o reservado.
    Ante el supuesto de un «error de cálculo» como el caso de Alto-Bío Bío, si fuera necesario acudir a la información de su ejecución, y la plataforma «extravía» o borra los datos «por accidente», se puede obstaculizar una investigación penal.
    En resumen, me parece que es necesario conocer la normativa asociada a esta plataforma

  12. Ricardo Ortiz says:

    Buen día, referente a los libros auxiliares como medio ambiente, topografía y laboratorio, deben llevar firma digital de los profesionales o solo la notificación bastara, gracias.

  13. Eduardo says:

    Cuando un profesional residente de un contrato MOP. , deja de pertenecer como tal a un proyecto , estando este proyecto concluido y aún no recepcionado por el MOP.

  14. Eduardo says:

    Complemento a la consulta anterior.
    Siendo el profesional residente , el mismo de inicio a fin.

    Saludos

    Eduardo

  15. Eduardo says:

    Habiendo estado el Profesional Residente de inicio a fin como tal, en una obra MOP., bajo sistema de LOD.
    Estando la obra físicamente terminada , pero no recepcionada por el MOP.
    Pregunta…., cuando el Profesional Residente, deja de pertenecer a dicho proyecto.

    Favor, aclarar.

    Gracias.

  16. Eduardo Jeraldo Piñones says:

    Siendo el Profesional Residente de inicio a fin en un contrato MOP. bajo sistema de LOD..Habiéndose terminado las obras físicamente de dicho contrato, pero no Recepcionada Provosoriamente aún.
    Mi pregunta es , “ cuando dejaría de pertenecer como Profesional Residente de dicho contrato.

    Favor aclarar

    Saludos

  17. Como particular construí, de acuerdo a un Permiso Muncipal, 5 casas en una parcela de Peñalolén. Estas se construyeron en los años 2016 y 2017 pero por razones ajenas a nuestra voluntad no fueron recepcionadas (falta urbanización en todo el sector).
    Ahora quiero conseguirles un rol tributario por separado y en el SII me exigen el libro de obra de las construcciones, lo que no tengo. Cómo podría solucionar este ítem? Tengo mucha información, pero no ésa en particular.
    Saludos, Bárbara

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