breaking news

Aysén: Declaran inadmisible recurso por planta de aguas servidas en El Blanco

octubre 14th, 2016 | by admin
Aysén: Declaran inadmisible recurso por planta de aguas servidas en El Blanco
Nacional
0

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó, el recurso de protección presentado por dirigentes vecinales de El Blanco, en contra de la Municipalidad de Coyhaique y la Secretaría Ministerial de Salud por autorizar la instalación, emplazamiento y construcción de una planta de aguas servidas en la localidad.

En fallo unánime la sala única del tribunal de alzada rechazó el recurso de protección por extemporáneo, por lo que la construcción de la planta seguirá su curso.

De acuerdo al fallo se señala que: “(..) el proyecto de instalación de la planta de tratamiento de aguas servidas para la localidad de El Blanco fue proyectado y postulado a partir del año 2002, según aparece de los documentos agregados en fojas 194 y 195 de este recurso. La aprobación del proyecto PTAS, esto es, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la localidad de El Blanco, así como su difusión, fue realizada durante el año 2007. La ejecución de las obras se inició el 23 de noviembre de 2015, con la entrega del terreno mismo, donde se da comienzo a la instalación de la planta. Luego del proceso de licitación pública para la planta de tratamiento de aguas servidas, la Municipalidad de Coyhaique celebra un contrato con la empresa Constructora Cristi Limitada para la ejecución del proyecto, Construcción Soluciones Sanitarias Localidad de El Blanco, con fecha 5 de noviembre de 2015, y cuya fecha de término se acordó para el 23 de septiembre de 2016, contemplando las obras contratadas casetas sanitarias, alcantarillado público, planta de tratamiento de aguas servidas y obras asociadas a esos ítem, existiendo a la fecha un avance físico del 82% y un pago a la empresa de $810.138.220”.

La resolución agrega que “(…) de los autos que se examinan, aparece que en la oportunidad en que se iniciaron las obras y se realizó la entrega del terreno al contratista, concurrieron no tan solo el alcalde y el señor intendente de la región, además del representante de la empresa ejecutora de las obras, sino, también, la presidenta de la Junta de Vecinos de El Blanco doña Cristina Fuentes Roa, recurrente de estos autos, quién no pudo menos que saber el comienzo de la obra sanitaria y el lugar donde se desarrollarían los trabajos por parte de la empresa, es decir, la instalación, el emplazamiento y construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas del sector El Blanco, fueron hechos conocidos, por las recurrentes, a lo menos en la fecha en que se iniciaron las obras a la que concurrió la Presidenta de la Junta de Vecinos, lo que ocurrió el día 23 de noviembre de 2015. En consecuencia, cabe concluir entonces que el recurso al haber sido deducido extemporáneamente, debe ser desestimado por este Tribunal de Alzada, siendo entonces innecesario emitir pronunciamiento sobre el fondo de las dos garantías constitucionales que se dicen conculcadas por las recurrentes”.

 

 

 

Fuente: BioBioChile

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *